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Dar de baja a un fallecido: cuentas, suministros y trámites

Dar de baja a un fallecido

Además de la herencia y las pensiones, tras un fallecimiento hay que ir dando de baja o cambiando de titular muchas cosas del día a día: cuentas, suministros, seguros, suscripciones y hasta sus perfiles en internet. Esta lista práctica te ayuda a no dejarte nada y a evitar cobros y complicaciones más adelante.

Baja en la Seguridad Social y en el trabajo

Si la persona trabajaba, la empresa debe tramitar su baja en la Seguridad Social; conviene avisarla cuanto antes. Si era pensionista, hay que comunicar el fallecimiento a la Seguridad Social en los 30 días siguientes, por su Sede Electrónica o en un CAISS, con el certificado de defunción. La pensión del mes del fallecimiento se paga entera; lo que se cobre después habrá que devolverlo. Es el momento de comprobar, además, si la familia tiene derecho a las pensiones de viudedad u orfandad.

Banco: cuentas, tarjetas y domiciliaciones

Comunica el fallecimiento a su banco presentando el certificado de defunción. Si la cuenta era solo suya, el banco bloqueará tarjetas, claves y banca online hasta que los herederos acrediten la herencia, aunque seguirá atendiendo gastos como el sepelio o los recibos de luz, teléfono, impuestos y seguros. Si la cuenta era compartida y solidaria, los otros titulares pueden seguir usándola. Revisa las domiciliaciones y tarjetas, y ten en cuenta que para disponer del dinero necesitarás la documentación de la herencia.

Suministros del hogar y seguros

  • Luz, agua, gas, teléfono e internet: cámbialos de titular (si alguien seguirá en la vivienda) o dalos de baja. Necesitarás el certificado de defunción y, a veces, la escritura o el contrato de alquiler.
  • Seguros: avisa a las aseguradoras del hogar, del coche o de decesos. El seguro de decesos puede cubrir los gastos del sepelio; el de vida, dar lugar a una indemnización.

Vehículo, padrón y otros

  • Vehículo: el heredero que se quede con él tiene 90 días desde la adjudicación para cambiar la titularidad en la Dirección General de Tráfico; si la familia prefiere darlo de baja, se hace en un desguace autorizado con una declaración responsable de baja por fallecimiento.
  • Padrón municipal: el Ayuntamiento suele actualizarlo de oficio, pero conviene confirmarlo.
  • Suscripciones: revistas, plataformas, gimnasio, cuotas… para cortar cobros recurrentes.

Sus cuentas digitales y redes sociales

Cada vez pesa más el legado digital. Muchas plataformas permiten desactivar la cuenta o convertirla en conmemorativa a petición de un familiar, aportando el certificado de defunción. Merece la pena revisar sus redes sociales, su correo y sus servicios en la nube para decidir qué conservar y qué cerrar.

Un recuerdo que permanece

Entre tantas bajas y cierres, hay algo que sí queremos que perdure: su memoria. Con Descanse en Paz puedes crear un memorial digital permanente —con su historia, sus fotos y un código QR— donde la familia y los amigos podrán visitarle y dejar sus recuerdos siempre. Y para la despedida, una esquela digital gratuita que se comparte en un clic. Si necesitas ubicarte primero en todo el proceso, empieza por nuestra guía de trámites cuando muere un familiar.

Crear un memorial permanente →

Fuentes: Revista de la Seguridad Social, pasos tras la defunción de un pensionista; Banco de España, cuentas de un titular fallecido; DGT, transferencia de un vehículo por fallecimiento del titular; Resolución de 17 de febrero de 2020 sobre la gestión del Padrón municipal (BOE); Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos, art. 96 (BOE).

¿Qué hay que dar de baja cuando muere una persona?

Su alta laboral o pensión en la Seguridad Social, cuentas bancarias y tarjetas, domiciliaciones, suministros del hogar, seguros, vehículo, padrón, suscripciones y sus cuentas digitales y redes sociales.

¿Qué pasa con las cuentas bancarias del fallecido?

Si eran solo suyas, el banco las bloquea al comunicar el fallecimiento, a la espera de la herencia, aunque permite atender ciertos gastos como el sepelio. En las cuentas solidarias, los demás titulares pueden seguir operando. Para disponer del saldo hace falta la documentación de la sucesión.

¿Se puede cerrar el Facebook o Instagram de un fallecido?

Sí. Las principales redes permiten a un familiar desactivar la cuenta o convertirla en conmemorativa, presentando el certificado de defunción y acreditando el parentesco.

¿Hay que avisar a los suministros de luz y agua?

Sí: conviene cambiar la titularidad si alguien sigue en la vivienda, o darlos de baja, para evitar cobros y problemas posteriores.

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