
Cuando muere alguien y hay que elegir nicho, aparece la duda de siempre: ¿en propiedad o de alquiler? Las dos palabras engañan un poco. Aquí tienes qué se firma de verdad, cuánto dura, cuánto cuesta en dos ciudades como referencia, qué pasa cuando vence y cómo se renueva o se trasladan los restos.
¿Un nicho se compra?
No. Lo que se paga es un derecho funerario: una concesión para usar ese nicho durante un tiempo, mientras el cementerio sigue siendo del ayuntamiento. Lo que la gente llama «en propiedad» es una concesión larga, de varias décadas, y lo que llama «de alquiler», una corta, de pocos años, que se puede ir renovando.
Y ninguna es para siempre. La Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas pone un tope a las concesiones: su plazo, «incluidas las prórrogas, no podrá exceder de 75 años», salvo que una norma especial fije uno menor.
Cuánto dura una concesión
Cada ayuntamiento fija sus plazos en su ordenanza, dentro de ese tope. Dos ejemplos:
- Valencia: los nichos sencillos se conceden por 5, 20 o 50 años.
- Zaragoza: por 5 años, que se renuevan de cinco en cinco, o por 49 años.
¿Y los nichos que se compraron hace décadas «a perpetuidad»? Hoy cada ayuntamiento decide cómo los trata. En Ciudad Real, por ejemplo, cuando uno de esos nichos cambia de titular, la ordenanza le da el plazo que falte hasta completar 99 años. Si tu familia tiene uno, pregunta en el cementerio qué plazo le aplican.
Cuánto cuesta un nicho (precio estimado)
Lo cobra el ayuntamiento como tasa, y cambia mucho de un municipio a otro. Como referencia, lo que marcan las ordenanzas de dos ciudades grandes para un nicho sencillo:
| Ciudad | Plazo | Precio estimado |
|---|---|---|
| Valencia | 5 años | 158 € |
| Valencia | 20 años | 607 € |
| Valencia | 50 años | 950 € |
| Zaragoza | 5 años | 54 € |
| Zaragoza | 49 años | 836 € |
Son precios estimados: salen de la tarifa de 2025 de Valencia y de la ordenanza fiscal vigente de Zaragoza, y pueden haber cambiado. En Zaragoza, además, el precio depende de la fila: los nichos de la cuarta fila cuestan menos (348 € por 49 años). Y al precio del nicho se suma la tasa por la inhumación: en Valencia, 101 €. Para saber lo de tu pueblo, pide la tarifa en el cementerio o busca la ordenanza fiscal de cementerios de tu ayuntamiento.
Si estás calculando todo el entierro, en la guía de cuánto cuesta un funeral en España tienes el resto de partidas.
Qué pasa cuando vence
Si llega la fecha y nadie renueva, el derecho caduca. El reglamento de los cementerios de Valladolid, por ejemplo, lo pone entre las causas de caducidad: «la expiración del plazo establecido». Cómo avisa el ayuntamiento y qué hace después con los restos lo decide cada uno en su reglamento.
Lo práctico es no llegar a ese punto: apunta la fecha de vencimiento del nicho, y si no la sabes, pregúntala en el cementerio con el título del derecho funerario o el último recibo.
Cómo se renueva
Se renueva en el cementerio o en el ayuntamiento antes de que venza, pagando la tasa de renovación. Cuánto cuesta depende otra vez del municipio. En Valencia, la renovación cuesta lo mismo que la concesión inicial. En Zaragoza, cada renovación de cinco años se paga al precio vigente más un recargo: un 30 % la primera, un 60 % la segunda y un 90 % la tercera.
La hace el titular del derecho funerario. Si el titular ha fallecido, antes hay que pasar el derecho a otra persona de la familia; algunos ayuntamientos, como el de Ciudad Real, lo regulan como un cambio de titularidad. En la guía de trámites cuando muere un familiar tienes el resto de gestiones de esos días.
Trasladar los restos a otro nicho
A veces se quiere juntar a dos familiares, cambiar de cementerio o dejar un nicho que vence. Se puede, con dos condiciones:
- El tiempo. El Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria llama «restos cadavéricos» a lo que queda del cuerpo «una vez transcurridos los cinco años siguientes a la muerte real». Antes de ese plazo no se trasladan restos sino un cadáver, con más requisitos.
- La autorización. El traslado lo autoriza el ayuntamiento (en Crevillent, por ejemplo, el alcalde) una vez pasado el plazo que fijen las normas sanitarias. Según la comunidad autónoma puede hacer falta algún trámite más: pregúntalo en el cementerio.
Lo que no cabe en la lápida
En la lápida de un nicho caben el nombre, las fechas y poco más. Un código QR pequeño junto a la inscripción lleva a un memorial en línea con su historia, sus fotos y los mensajes de quienes lo quisieron, y se queda ahí aunque el nicho cambie de manos. Cómo se pone, en la guía del código QR en la lápida.
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Fuentes: Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, art. 93.3; Ayuntamiento de Valencia, ordenanza fiscal de la tasa de cementerios (tarifa de 2025); Ayuntamiento de Zaragoza, ordenanza fiscal n.º 19, anexo de tarifas del cementerio de Torrero; Ayuntamiento de Ciudad Real, ordenanza de la tasa de cementerio; Ayuntamiento de Valladolid, reglamento de los cementerios municipales; Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria (Decreto 2263/1974); Ayuntamiento de Crevillent, tasa de cementerio municipal.
¿Un nicho en propiedad es para siempre?
No. Es una concesión de uso, y la ley pone un tope de 75 años, prórrogas incluidas. Cada ayuntamiento fija sus plazos: en Valencia, el más largo es de 50 años; en Zaragoza, de 49.
¿Cuánto cuesta un nicho?
Depende del municipio. Como precio estimado, en Valencia un nicho sencillo cuesta unos 158 € por 5 años y unos 950 € por 50; en Zaragoza, unos 54 € por 5 años y unos 836 € por 49. Además se paga la tasa de inhumación.
¿Qué pasa si no renuevo el nicho?
El derecho funerario caduca al vencer el plazo. Qué se hace después con los restos lo regula cada ayuntamiento, así que conviene preguntar en el cementerio antes de la fecha de vencimiento.
¿Cuántos años tienen que pasar para trasladar los restos?
Cinco años desde el fallecimiento: a partir de ahí se consideran restos cadavéricos. El traslado necesita la autorización del ayuntamiento.